Qué es Formación Subvencionada

Todas las empresas que cotizan a la Seguridad Social disponen de una cuantía económica anual, denominada crédito formativo, para invertir en la formación de sus trabajadores, que variará según las cotizaciones y plantilla media del año anterior.

Con este sistema de formación  las empresas recuperan total o parcialmente las cuotas abonadas en el año anterior en concepto de Formación Profesional.

El crédito es anual y no es acumulable para ejercicios posteriores, por lo que si no se utiliza antes del 31 de diciembre de cada año se perderá el derecho a la compensación.

Qué crédito tiene mi empresa

Ponemos a su disposición 2 medios para consultar el crédito formativo que dispone su empresa:


Adhesión al convenio:
Adhíerase a nuestro convenio de formación continua y en un plazo máximo de 24 horas recibirá el Informe de Crédito Oficial emitido por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE).

 

Estimación de crédito:
Acceda al simulador de crédito del sitio Web oficial de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) y calcule el crédito que tiene asignado la empresa en el año en vigor.

 

Qué requisitos hay que cumplir

Empresas:

  • Todas las empresas (incluido autónomos con asalariados), que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, desarrollen formación y coticen por la formación profesional.

Trabajadores:

  • Trabajadores asalariados que coticen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional (excluida la Administración Pública).
  • Trabajadores que se encuentren en las siguientes situaciones:
    • Fijos discontinuos en periodo de no ocupación.
    • Que accedan a situación de desempleo y estén en periodo formativo.
    • Acogidos a regulación de empleo.

Qué gestiones hay que realizar

Mainfor se responsabiliza de la organización de la formación, por lo que la empresa tan sólo ha de gestionar la matrícula y aplicar la bonificación una vez finalizada la formación.

El procedimiento administrativo de un curso bonificado es el siguiente:

Procedimiento de matrícula:

  • Adhesión al convenio. Mediante la firma de la adhesión por parte de un Representante Legal de la empresa se autoriza a Mainfor a consultar el crédito formativo en la FTFE y a gestionar los cursos que expresamente solicite la empresa. La firma de este documento no compromete a realizar formación.
  • Informe de Crédito Oficial FTFE. Una vez consultado el crédito remitimos a la empresa el Informe de Crédito Oficial que emite la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
  • Inscripción de trabajadores. La empresa decide la formación a cursar e inscribe a los trabajadores participantes.
  • Autorización RLT. En el caso de que tengan establecido un Comité de Empresa, los Representantes Legales de los Trabajadores deberán ser informados de la formación a cursar.

Procedimiento de bonificación:

  • Una vez finalizado el curso, de forma coordinada con Mainfor, desde el Dpto. Laboral de la empresa o Gestoría externa se aplicará la bonificación en los Seguros Sociales. Es un procedimiento sencillo, consiste en indicar una cantidad en una casilla del TC.

Garantía profesional de Mainfor

Como Entidad Organizadora de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, Mainfor se responsabiliza de la notificación ante las Administraciones competentes (Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo y Servicio Público de Empleo Estatal), incluyendo los siguientes trámites:

  • Tramitar las comunicaciones de inicio y finalización de la formación de las empresas que conforman la agrupación a través de los procesos telemáticos implantados por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Notificación y asesoramiento de bonificación en los Seguros Sociales al Dpto. de Contabilidad o asesoría externa.
  • Verificación de que se ha realizado la bonificación en tiempo y forma.
  • Custodia de la documentación generada durante 4 años.
  • Colaborar con las Administraciones y órganos de control competentes en las acciones de evaluación y actuaciones de Seguimiento y Control que directamente o con el apoyo técnico de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo se desarrollen.

Siendo responsable de la gestión de la formación, Mainfor se hará cargo de las futuras reclamaciones que el SPEE pudiera realizar siempre que sean motivadas por alguna de las cuestiones de organización que se detallan.

La Entidad Beneficiaria se responsabilizará de:

  • Remitir a Mainfor la documentación solicitada.
  • Notificar a Mainfor cualquier incidencia que surja durante la Acción Formativa.
  • Atender las posibles acciones de seguimiento que el SPEE realice en sus instalaciones y comunicarlo a Mainfor en un plazo máxido de 3 días hábiles.

Documentación y normativa legal

Normativa Legal

    Acceda al sitio Web de la FTFE para consultar la normativa legal.

Adhesión al Convenio

    Autorización para consultar el crédito y gestionar la bonificación de los cursos del interés de la empresa. No compromete a realizar formación.

Inscripción de Trabajadores

    Anexo para matricular a los trabajadores participantes.

Autorización RLT

    En empresas que tengan establecido Comité de Empresa es necesaria la autorización de los Representantes Legales de los Trabajadores.

Preguntas Frecuentes

    Documento que responde a las consultas habituales sobre Formación Bonificada para empresas

 

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